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 Documentación

Documentación de compra-venta de propiedades inmobiliarias

  • Copia Original de Escritura de Compra
  • Ultimo justificante del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)
  • Acta expedida por el Administrador de la finca con los gatos de ésta
  • Documento Nacional de Identidad
  • Escritura de poderes en la sociedad de propietarios del inmueble (en caso de no existir persona física)
  • Necesidad de la presencia de ambos cónyugues o autorización del ausente, en caso de matrimonio.
  • Justificantes de: electricidad, agua, gas (gasoil/propano) y teléfono para nueva domiciliación bancaria.
  • Ultima Inspección Técnica del Edificio (ITE), remitida por el correspondiente Ayuntamiento (trámite realizado por la Gerencia de Urbanismo en el caso de Madrid).

Impuestos de compra-venta

Compradores

IVA (7%) en caso de primera transferencia/traspaso (compra al promotor o constructor).

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales ITP (7%) para sucesivas transferencias/traspasos

Actos Jurídicos Documentados (AJD) (1%) en caso de pago con IVA

Vendedores

Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana

Se declara el IRPF en la declaración anual del Impuesto de Sociedades de personas jurídicas

IRPF

El IRPF será del 15% sobre el Incremento Patrimonial:

Incremento Patrimonial = Precio de Venta, descontando gastos - Precio de compra, incluyendo los gastos.

Exenciones aplicables totales

  • Vendedor mayor de 65 años.
  • Fecha de adquisición de la vivienda anterior al 31 de Diciembre de 1986
  • El vendedor ha sido dueño de la casa más de 3 años y reinvierte el total obtenido en la compra en nueva vivienda.

Exenciones aplicables parciales

  • Vendedor mayor de 65 años.
  • Fecha de adquisición de la vivienda anterior al 31 de Diciembre de 1986
  • El vendedor ha sido dueño de la casa más de 3 años y reinvierte el total obtenido en la compra en nueva vivienda.

Gastos de compra-venta

Tarifas de notaría

La estimación para ventas de un mínimo de 600.000€, los gastos serán de 560€ más un 0,3€ que se aplicará a la cuantía que supere los 600.000€ iniciales

Tarifas de registro

Análogamente, para ventas que superen los 600.000€, el coste del registro será de 300€ más un 0,2% que se aplique a lo que sobrepase el precio inicial (600.000€)







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